Ley del Medio Ambiente
- Principios:
D. al medio ambiente
Interés social
Desarrollo sostenible
Quien contamina paga
Prevención y precaución
Deber de indemnizar
Proporcionalidad
Gestión integral
Ecoeficiencia
Ecoefectividad
Estimulo vrs. castigo
Múltiples opciones
Educación - Principales innovaciones de la Ley del Medio Ambiente
Establece normas básicas para la protección, conservación y mejora del ambiente
Define y regula el Sistema de Gestión del Ambiente (Art. 6)
Incluye un Sistema de Evaluación Ambiental (Art. 16 y ss.)
Establece normas de información ambiental (Art. 30)
Incluye normas sobre financiamiento de proyectos ambientales (Arts. 11.f, 34)
Disposiciones en cuanto a los planes de desarrollo y ordenamiento territorial (Art. 12 y ss)
Bases comunes de la legislación sobre el ambiente
Programación del aprovechamiento de los recursos
Política Nacional del Medio Ambiente (Art. 3) - Principios: Art. 2
Derecho al ambiente sano y equilibrado
Interés social
Desarrollo sostenible
Quien contamina paga
Prevención y precaución
Deber de indemnizar
Proporcionalidad
Gestión global y transectorial
ecoeficiencia
ecoefectividad
estimulo vrs. castigo
educación - Bases comunes (continúa)
Uso de un recurso: interés público/uso conveniente/conservación
Enumerar prioridades y conveniencias del uso
La calidad del recurso no puede variar con su uso/preservación
Evaluación de Impacto Ambiental - Ley del Medio Ambientey Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo
Deber de los Estados de promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente (P. 11)
Leyes de un país pueden ser inadecuadas (costo social y económico) para otro.
Legislación sobre responsabilidad e indemnización de víctimas de la contaminación y otros danos ambientales (P. 13). Art. 85 y ss.x
Evaluación de Impacto Ambiental (P. 17). Arts. 16 y ss.
Participación ciudadana (P. 10): Art. 9
D. de acceso a información
Participar en la toma de decisiones
Acceso a procedimientos judiciales y administrativos (resarcir danos) y recursos
P. de precaución (P. 15). Art. 2.e
P. quien contamina paga y uso de incentivos económicos (P. 16). Art. 2.d y 32. - Ley del Medio Ambiente: ley marco
Dictar futuras normas: - Normas técnicas de calidad: Art. 5.33 y 44
valores límites de concentración y períodos
máximos/mínimos permisibles (radiaciones, ruidos, olores, etc.)
riesgo para la salud, bienestar o vida de la población
riesgo para la protección o conservación del ambiente o preservación de la naturaleza
planificación de área - De emisión (fuente a fuente):
establecen la cantidad máxima permitida para un contaminante, medida en el efluente de la funte emisora - Permisos ambientales: Art. 5.35 y 62
uso y aprovechamiento sostenible de un recurso natural
incluye medidas para:
prevenir, minimizar, corregir o compensar el impacto ambiental
proteger el ambiente - Ley del Medio Ambiente y Responsabilidad
Definir el tema de la responsabilidad por dano ambiental
Opciones:
responsabilidad objetiva
responsabilidad subjetiva extracontractual
Régimen de la responsabilidad:
Administrativa:
Civil
Penal
Ambiental
Responsabilidad Civil
Es de carácter patrimonial
No pueden impugnarse por este medio conductas sin trascendencia monetaria inmediata
Individualización de los responsables (tráfico urbano, lluvia ácida, contaminación del mar)
Identificar a los interesados civilmente en evitar el dano y su resarcimiento - Principios del D. Ambiental:P. de Prevención
- Principio de Prevención o Precaución:
Conf. de Río
Vinculado con la incertidumbre científica
Instrumento de política legislativa más que de gestión
Def.
Ejemplos:
Conv. de Viene para la Reducción de Emisiones de CFC’s. Conv. de Estocolmo y Conv. de Montreal - Principio de acceso a la información
Excepción a los derechos de propiedad intelectual
Protección de la propiedad intelectual vrs. información necesaria para determinar si un proceso o producto causa o no un dano al ambiente
Opciones:
traspasar la información protegida a quien deba conocerla
imponer penas para la información relevante no divulgada - Principio de participación pública
Decisiones ambientales públicamente aceptadas
Grado de aceptabilidad o rechazo de una actividad (retroalimentación política)
Comunidades afectadas por las externalidades de un proyecto conozcan y opinen sobre el mismo - Principio "Quien contamina paga"
Tragedia de los bienes comunes
Externalidades negativas
Deseconomías
Def.:
Obligación de pagar los gastos para evitar la contaminación o reducirla
Autónomo a la responsabilidad civil, penal o ambiental - Instrumentos de la política del medio ambiente
- Evaluación Ambiental
Definiciones: Art. 5 y 16 y ss.
Proceso de aprobación de una acción
Con efectos colaterales sobre el medio
Evaluación sistemática para conceder o no la aprobación
Ponderación anticipada de consecuencias ambientales de un decisión de D. Público - Características:
Énfasis preventivo: Art. 18
identificar y eliminar los elementos de riesgo
paliar su incidencia
desistir de su ejecución - Ponderación:
análisis de resultados anticipables
de una decisión contemplada
no sustituye la responsabilidad de la autoridad
Integración: Art. 23
Uso de métodos sistémicos e interdisciplinarios
en el proceso de toma de decisiones
consecuencias no sólo ambientales
Participación: Art. 25
Oir a los afectados por la decisión final
Oir a organismos competentes
Contexto de D. Público:
Imperatividad de su adopción - Auditorias Ambientales:
Revisión periódica, sistemática, documentada y objetiva del estado de cumplimiento de una instalación
Art. 27. - Información ambiental:
Habilitación legal para conseguir que la administración comunique o facilte la información de sus registros o archivos
Defensa activa de los intereses comunes
Protección del ambiente es un deber de los y las ciudadanas
Art. 30: problema ¿libre acceso? - Educación y formación ambiental: Art. 39 y ss.
Abarca toda la vida del individuo y las etapas de su formación
Educación en general: cultura ambiental
Sistema escolar no universitario
Docencia universitaria
Ensenanzas extracurriculares - Planes de desarrollo y ordenamiento territorial:
Orientar y planificar el uso del suelo y el especio
Fin: desarrollo sostenible y manejo de los recursos naturales
Criterios: Art. 14. - Ejecución de la ley ante infracciones
Ejecución de la ley es esencial para su cumplimiento - Modalidades de ejecución:
defensa de intereses difusos
aseguradoras
sanciones sociales - Retraso en la ejecución: disminuye la credibilidad y el efecto disuasivo
- Mecanismos de ejecución
Imponer una sanción
Eliminar beneficios económicos
Requerir acciones de prueba, supervisión o suministro de información
Corregir los danos al ambiente
Indemnizar
Mecanismos formales
Fuerza de la ley + mecanismos procesales - Pueden ser:
Administrativas, civiles o penales
Proceso de ejecución:
Protección de derechos fundamentales
Audiencia
Defensa
Debido proceso
Fundamento de la ejecución
Probar la infracción
Procedimientos justos y equitativos
Demostrar la necesidad por razones ambientales o de salud pública
Demostrar la disponibilidad de recursos para remediar la infracción
Demostrar la capacidad de pago del infractor - Compatibilidad con leyes existentes
Ley del Medio Ambiente:
Consistente con leyes con objeto ambiental en vigor
A menos que su intención hubiera sido derogarlas
Art. 115
No hay derogaciones expresas

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